Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2019-S4
Fecha: 23-Jul-2019
I.2.3. Participación del tercero interviniente
Julio César Condori Paca, investigador asignado al caso, en audiencia manifestó que, su intervención policial fue preventiva, ya que una vez constituida la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, se efectuó la aprehensión correspondiente, en razón al informe psicológico emitido por la misma, dentro de las ocho horas, realizándose la apertura de la investigación con dicho informe, y no existiendo valoración médico forense.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión
- no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR