Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2019-S4
Fecha: 25-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante misiva de 26 de abril del referido año, la Consultora Jurídica Rivera y Asociados, puso a conocimiento de la ahora demandada, la evaluación y análisis sobre los alcances del recurso planteado por la ahora impetrante de tutela, señalando que en dicho recurso se solicitaba dos cuestiones diferentes, la primera relativa a la interposición de una apelación contra los resultados del proceso electoral, y la segunda, respecto a un reiterada impugnación “…derecho de cualquier colegiado o candidato o cabeza de fórmula que ha terciado un proceso” (sic), recomendando que la recurrente, aclarar respecto al tema (fs. 4 a 6).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho de petición. Jurisprudencia reiterada
- En consecuencia, el ejercicio del derecho supone que una vez planteada la petición, cualquiera sea el motivo de la misma, la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- III.2. Análisis del caso concreto.
- i)
- Fragmento 14
- CONFIRMAR