Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
II.4.
II.4. Apelado dicha Resolución por memorial presentado el 16 de noviembre de 2018 de fs. 80 a 82, el Director Distrital de Educación de Chuquisaca, Humberto Gerónimo Tancara Tancara –ahora demandado–, la revocó en todas sus partes, señalando que la sanción impuesta por reincidencia voluntaria en faltas leves prevista por el art. 10 inc. a) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, no era coherente con la denuncia presentada por la comisión de falta gravísima señalada por el art. 11 inc. h) del mismo Reglamento, relativa a la promoción o sostenimiento de reyertas en presencia de los alumnos u otras personas (fs. 86 a 91).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2. El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- arbitrariedad
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR