Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
II.1.
II.1. A través del Auto Interlocutorio 339/2012 de 22 de noviembre, el Juez de Instrucción Penal Quinto en suplencia legal de su similar Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, declaró probado el incidente de nulidad de notificación y repuso el Auto Interlocutorio 292/12 de 13 de septiembre de 2012, las notificaciones practicadas en el domicilio del abogado Lucio Marca Mamani; asimismo, dispuso que se notifique con la imputación formal y su decreto, de manera personal al imputado Donato Valeriano Apaza –ahora accionante– (fs. 25 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR