Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2019-S2
Fecha: 17-Jul-2019
el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación,
Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida” (el resaltado es ilustrativo).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III.1. El derecho a la vida y su protección a través de la acción de libertad
- 2
- el derecho a la vida por la tutela inmediata que requiere, puede ser protegido indistintamente por la acción de amparo constitucional o por la acción de libertad y sin que éste se halle irremediablemente vinculado con el derecho a la libertad física y sin el condicionamiento del agotamiento previo de las instancias intra procesales
- así como a la vida, cuando esté en peligro.
- el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR