SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2019-S4

Fecha: 29-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de abril de 2019, a consecuencia de un accidente de tránsito resultó herido con lesiones graves, motivo por el cual fue internado en el Hospital San Vicente de Cochabamba, además de existir un supuesto convenio de dicho nosocomio con el sindicato línea 118 de radio móviles al cual pertenece, habiendo los galenos realizado todas las atenciones médicas necesarias para el restablecimiento de su salud.

El 17 de marzo del mismo año, al estar repuesta su salud le dieron aviso de alta médica con una segunda liquidación por concepto de gastos médico hospitalarios de Bs23 855 (veintitrés mil ochocientos cincuenta y cinco bolivianos), suma de dinero que no le es posible cancelar; empero, pese a la situación económica que viene atravesando y en conocimiento por información del señor Christian Lizárraga administrador del hospital ahora demandado, de que el sindicato al cual pertenece no tenía ningún convenio con éste, realizó una oferta de pago de Bs5 000 (cinco mil bolivianos) mediante carta notariada de 18 de marzo de 2019, dirigida al Director del Hospital San Vicente de Cochabamba; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad no recibió respuesta alguna, erogando gastos atingentes a su permanecía en el centro hospitalario posteriores al aviso de baja médica que le serán imposibles de pagar, lo que implica una vulneración de su derecho a la libertad consagrado en la Constitución Política del Estado, además que dicho proceder se constituye en un acto contrario a las políticas sociales implementadas por el gobierno nacional, mismas que se deben aplicar a toda persona e institución natural o jurídica, pública o privada, situación que no es observada por el mencionado nosocomio encontrándose por ello privado de su libertad.