SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2019-S4

Fecha: 29-Jul-2019

Fragmento 13

En ese contexto, conforme a lo descrito y de acuerdo a lo establecido en la jurisprudencia señalada en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, que desarrolla el debido proceso en acciones de libertad, se concluye que los actos denunciados emergen de la presunta falta de pronunciamiento de las autoridades jurisdiccionales demandadas en cuanto al memorial de recurso de reposición presentado por el accionante respecto a excepciones no resueltas previamente; no se encuentran vinculados con la libertad personal o de locomoción del solicitante de tutela ni ponen en riesgo este derecho, producen la restricción del mismo, pues su resolución no determinaría su situación jurídica; pues en todo caso, este derecho se encontrará restringido, mediante una resolución que disponga una medida cautelar de detención preventiva; no obstante, el impetrante de tutela no se encuentra privado de su derecho a la libertad, razón por la cual, la alegada omisión no corresponde ser considerada por esta acción tutelar. Tampoco se advierte el absoluto estado de indefensión, porque precisamente en ejercicio de su derecho a la defensa el hoy accionante activó los medios intraprocesales previstos en el ordenamiento jurídico, a fin de la protección de sus derechos, tal así conforme la Conclusión II.5 del presente fallo constitucional, sí existe la respuesta extrañada. Por lo expresado y al no existir la concurrencia de los presupuestos de activación para que se revise los supuestos actos lesivos que presuntamente vulneran el debido proceso vía acción de libertad, corresponde denegar la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.