SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2019-S1

Fecha: 22-Jul-2019

concedió

El Juez de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2019 de 19 de enero, cursante de fs. 73 a 75 vta., concedió la tutela impetrada fundamentando que: 1)  En relación a la resolución dictada por la Jueza de primera instancia, se verifica que no se expresan los motivos de hecho y de derecho, ni la convicción determinativa de la concurrencia de los peligros de fuga y obstaculización, ni el valor otorgado a los medios de prueba, menos la descripción clara y objetiva de los elementos de convicción, que llevaron a la autoridad jurisdiccional a disponer la detención preventiva del peticionante de tutela. Sobre el particular, las Sentencias Constitucionales  Plurinacionales 138/2018-S3 de 20 de abril y 276/2018-S2 de 25 de junio, señalaron que no basta mencionar que existe peligro de fuga y de obstaculización, sino que, la autoridad jurisdiccional debe determinar de manera clara, objetiva y concreta cuáles son los elementos de prueba y los motivos por los que se considera que el imputado no se someterá al proceso u obstaculizará la averiguación de la verdad, asimismo, debe precisarse objetivamente y con elementos de prueba cómo y de qué manera la conducta del imputado se circunscribe en un determinado riesgo procesal; y, 2) Sobre la Resolución 20/2019 de 17 de enero observada, se tiene que incurre en la misma omisión que la Jueza a quo, siendo de manera genérica y sin reparar los agravios expuestos por la parte peticionante de tutela confirmó la resolución revisada, en la que se evidenció la falta de motivación en lo concerniente a los agravios relacionados a los riesgos procesales, que del Considerando III.4 se puede advertir que dicho Auto de Vista no cumple con la exigencia prevista en el art. 124 del CPP.