Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
denegar la tutela solicitada sobre este punto
Denotándose a partir de esta fundamentación que dichas autoridades judiciales explicaron de forma concisa, pero clara, las razones intelectivas de la decisión de no acoger este punto de agravio de la parte imputada -ahora accionante-, al establecer que se fundamentó y motivó la subsistencia de este peligro de obstaculización; por lo que, no se constata la denunciada determinación carente de fundamentación ni motivación vinculada a una falta de valoración integral de la prueba que el peticionante de tutela alega en la presente acción de defensa, por ello corresponde también denegar la tutela solicitada sobre este punto.
- acción de libertad
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- los vocales deben precisar los elementos de convicción que le permitan concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva, debiendo justificar la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos en el art. 233 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- denegar la tutela solicitada sobre este punto
- CONFIRMAR en todo