Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
II.2.
II.2. Cursa acta de audiencia pública de apelación de medida cautelar de 7 de febrero de 2019, en la cual el ahora impetrante de tutela impugnó la Resolución de 25 de enero del citado año, alegando que el Juez de Instrucción Penal Segundo de Sacaba del departamento de Cochabamba no efectuó una valoración integral de los documentos, sobre el presupuesto procesal previsto en el art. 233.1. del CPP en cuanto al delito de incumplimiento de deberes que se le denuncia, tampoco en cuanto a la actividad lícita asentada en el país, y mucho menos sobre el peligro de obstaculización previsto por el art. 235.1 del referido código (fs. 27 a 37 vta.).
- acción de libertad
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- los vocales deben precisar los elementos de convicción que le permitan concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva, debiendo justificar la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos en el art. 233 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- denegar la tutela solicitada sobre este punto
- CONFIRMAR en todo