Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2019-S2
Fecha: 24-Jul-2019
II.1.
II.1. Cursa la Resolución de 8 de octubre de 2018, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando, cuya parte resolutiva es como sigue: “POR TANTO: La Jefa Departamental de Trabajo Pando en uso de las atribuciones conferidas RESUELVE: PRIMERO.- En aplicación del Art. 5 P. I del D.S. N° 0012 se rechaza la solicitud de reincorporación laboral del trabajador Juan Carlos Fernández Churqui, quien se encontraba en periodo de prueba en IMPORT-EXPORT RONBOL S.R.L. Se declina competencia, salvando los derechos de la seguridad social que le correspondieren a la menor. Regístrese, notifíquese, archívese” (sic) firmado por Alejandra Obando García (fs. 59 a 61).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- a)
- Fragmento 6
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en los casos de mujer embarazada, extensible al padre progenitor hasta el año de nacido del hijo o hija. Jurisprudencia reiterada
- De la jurisprudencia desarrollada, se establece que en los casos de mujer embarazada o padre progenitor hasta que el niño o niña cumpla un año de edad, no es imprescindible que él o la accionante agote los mecanismos previstos en la jurisdicción administrativa u ordinaria para la protección de los derechos fundamentales invocados como lesionados, por cuanto no puede exigirse el cumplimiento de aspectos formales que rigen a esta acción de defensa cuando se encuentra de por medio derechos que merecen una tutela inmediata como son: la alimentación, salud y vida del nasciturus., al quedar todavía mecanismos pendientes que pudieran eventualmente ser activados por el empleado o el empleador”
- Bajo ese criterio, se procura, por un lado, evitar la discriminación por la condición de embarazo y, por otro, garantizar la estabilidad laboral de la mujer trabajadora en estado de gestación y lactancia, como también del progenitor varón, independientemente de que se tratasen de empleadas (os) del sector privado, como a funcionarias (os) o servidoras (o) públicas (os); todo esto, en resguardo de la hija o hijo nacido y hasta su primer año de edad, desde el momento de su concepción, como sujeto de derechos en todo lo que pudiera favorecerle
- Resolución de 8 de octubre de 2018
- que los padres trabajadores -sea a la mujer embarazada o lactante hasta el año de edad del hijo o hija o al progenitor-, gozan de inamovilidad laboral
- CONFIRMAR