Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que la autoridad Fiscal Departamental demandado vulneró sus derechos a la petición, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva; al no proveerle una respuesta pronta y oportuna al memorial presentado el 7 de diciembre de 2018, donde le solicitó que resuelva la objeción que presentó a la Resolución de Rechazo de Denuncia que formuló el 22 de febrero de 2017, dentro de la denuncia que interpuso contra Víctor Hugo Jiménez Aponte y otros, por la presunta comisión del delito de estafa agravada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- dentro de plazos previstos en las normas aplicables o, a falta de estas, en términos breves, razonables.
- Fragmento 9
- cuando la autoridad judicial, administrativa o funcionario público, no responde de manera fundamentada en el plazo que fija la ley o en un tiempo razonable, ya sea en sentido positivo o negativo
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR