SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2019-S1

Fecha: 30-Jul-2019

II.1.

II.1. Hayda Jhaneth Calderón Thola -hoy accionante-, suscribió con el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre Contratos Individuales de Trabajo a Plazo Fijo 129/2015 de 20 de agosto (fs. 2); 023/2016 de 11 de enero (fs. 3); 025/2017 de 17 de enero; y, 042/2018 el 7 de febrero, este último para que cumpla las funciones de Asistente de Asesoría del Pleno del Concejo Municipal de Sucre desde el 7 de febrero hasta el 14 de diciembre de 2018, contratos efectuados bajo el marco legal previsto en los arts. 7 y 14 del Reglamento Interno de la Municipalidad 096/06 de 27 de marzo de 2006; 6 del EFP; Ley de Administración y Control Gubernamentales y DS 23318-A; 167 de la Ley del Reglamento del Concejo Municipal de Sucre, adquiriendo en consecuencia la contratada calidad de funcionaria provisoria y de libre nombramiento, conforme al art. 71 del EFP; estableciendo igualmente en su Cláusula Séptima que el Concejo Municipal de Sucre, como contratante podrá prescindir de los servicios del contratado antes del vencimiento del plazo estipulado en el contrato o cuando así lo requiera la institución (fs. 5); Contrato Individual de Trabajo a Plazo Fijo 042/2018 que mereció una Adenda realizada el 17 de agosto de 2018 (fs. 6).