VOTO ACLARATORIO DE LA DCP 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO ACLARATORIO DE LA DCP 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

41

La DCP 0051/2019 en control previo de constitucionalidad del proyecto de COM de San Ignacio de Velasco, entre otros, declara la incompatibilidad del art. 41, con el fundamento de ser contrario a la cláusula residual dispuesta por el art. 297.II de la Constitución Política del Estado (CPE). Al respecto, a juicio de la suscrita Magistrada, el precepto constitucional señalado no resulta aplicable como parámetro de control constitucional, en razón a que las Entidades Territoriales Autónomas (ETA) municipales, por asignación secundaria, gozan de la facultad de desarrollar legislación respecto a la carrera administrativa y en función a ello, pueden establecer la clasificación de las servidoras y servidores públicos municipales, dentro de los límites establecidos por la Norma Suprema, conforme se analizará en adelante; razón por la cual, considera que las razones de la incompatibilidad declarada no debió fundarse en dicho fundamento, de acuerdo a los siguientes argumentos: