VOTO ACLARATORIO DE LA DCP 0051/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO ACLARATORIO DE LA DCP 0051/2019

Fecha: 24-Jul-2019

II.1.    Clasificación de las servidoras y los servidores públicos, en la Constitución Política del Estado

                   Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento.

De la lectura del mismo, se advierte que en principio, todas las personas que desempeñan funciones públicas son servidores y servidores públicos. Asimismo, el texto constitucional establece que las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excluyendo de esta condición a los que desempeñan cargos electivos, a las designadas y los designados, y por último, a los que ejercen funciones de libre nombramiento. Sin embargo, dentro de la clasificación efectuada por la Ley Fundamental, no se encuentra contemplado a los servidores públicos provisorios.

Los servidores públicos que actualmente desempeñen sus funciones en cargos correspondientes a la carrera administrativa y cuya situación no se encuentre comprendida en el artículo precedente, serán considerados funcionarios provisorios, que no gozarán de los derechos a los que hace referencia el Numeral II del Artículo 7° de la presente Ley.