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    AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2019-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2019-CA

    Fecha: 26-Ago-2019

    en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo

    De igual forma el art. 81.I del CPCo, establece que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de Sentencia” (las negrillas son añadidas).

    • Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • puedan ejercer en igualdad de condiciones el derecho a la defensa ofreciendo pruebas
    • rechazó
    • en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
    • en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • parte- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
    • RATIFICAR

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