Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2019-RCA
Fecha: 13-Ago-2019
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
Consideran lesionados sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al “principio positivo de derecho a la acción”, a la motivación y razonabilidad de las resoluciones, a la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico, a la verdad material y a la petición; a tal efecto, citan los arts. 24, 115.II, 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.4. Resolución de la
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Este recurso constituye la única vía de impugnación contra la decisión final del Tribunal Arbitral