SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2019-S3

Fecha: 12-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 4 de junio de 2016, Juan Héctor Azcui Sandoval en representación de la Compañía Boliviana de Ingeniería Sociedad de Responsabilidad Limitada (C.B.I. S.R.L.), presentó ante el Ministerio Público denuncia en contra de Edwin Leonardo Millingalle Castillo y su persona, por la supuesta comisión del delito de estafa, en virtud a ello, el 14 de noviembre del año referido, el Ministerio Público formalizó imputación en contra del prenombrado.

El 21 del mes y año referido, se apersonó ante los representantes del Ministerio Público acogiéndose al derecho de guardar silencio, y en dicha oportunidad en el reverso de la fotocopia de su carnet de identidad, realizó un dibujo del croquis de su domicilio real ubicado en la ciudad de La Paz, a efectos de que le hagan conocer futuras diligencias.

Con la imputación formal presentada en su contra el 14 del mes y año indicados, no le notificaron de forma personal en su domicilio real, y pese a estar rechazada por el Juez de Instrucción Penal referido, el Ministerio Público presentó de forma directa acusación ante el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, en contravención al principio de igualdad establecido en el art. 12 del CPP, al haberse presentado simultáneamente la imputación y acusación, obviando el plazo de los seis meses de la etapa preparatoria para que asuma su defensa amplia e irrestricta.

De forma dañosa y con el solo afán de convalidar dichas ilegalidades, se practicó la notificación en el domicilio procesal de la abogada que le acompañó en su declaración ante el Ministerio Público en la ciudad de Santa Cruz, la que tuvo que devolver antecedentes por renuncia al patrocinio profesional.

El Ministerio Público recién el 4 de agosto de 2017, en cumplimiento de la segunda conminatoria efectuada por el Juez de Instrucción Penal mencionado, presentó acusación formal en contra de Edwin Leonardo Millingalle Castillo, único imputado, remitiendo esta autoridad los antecedentes al Tribunal de Sentencia Penal.