SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
i)
Juan Carlos Taco Espinal, Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Coroico del departamento de La Paz, presentó informe escrito el 1 de abril de 2019, cursante de fs. 142 a 143, y en audiencia indicó que: i) A solicitud de las víctimas, mediante providencia de 7 de marzo del citado año señaló audiencia de consideración de nuevos riesgos procesales de fuga y obstaculización para el 18 del mes y año indicados, la que no se llevó a cabo por inasistencia de la defensa técnica del accionante; ii) Las víctimas reiteraron su solicitud de audiencia de consideración de ampliación de riesgos procesales, señalándose para el 1 de abril de 2019 a hrs. 09:00; iii) Posteriormente, el impetrante de tutela pidió audiencia de cesación de la detención preventiva, la que por el principio de concentración, fue fijada también para el mismo día y hora, lo cual no vulneró derecho alguno del aludido; y, iv) En dicho actuado, se tuvo por ampliado un riesgo procesal y se rechazó la cesación de la medida impuesta considerando que los otros dos riesgos procesales no fueron desvirtuados, consiguientemente ambas partes presentaron recurso de apelación incidental de forma oral; por lo señalado, solicitó se deniegue la tutela impetrada.