SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

III.1.  Audiencia de

En el sistema penal, las medidas político-criminales para determinar la aplicación de la ley sustantiva históricamente se dividieron en dos tendencias. La primera enfocada en combatir la delincuencia a través de su represión, buscando que se efectivice la ley penal sustantiva a través del ejercicio punitivo del que el Estado es titular, priorizando la materialización del ejercicio de la acción penal incluso por sobre los derechos y garantías del procesado, modelo que fue puesto en vigencia en el denominado sistema inquisitivo; y la segunda, de forma opuesta, que busca munir al proceso penal de un sistema de garantías en resguardo de los derechos individuales del imputado, evitando la aplicación desmesurada de la coerción penal, diseño aplicado en el sistema de corte acusatorio.

Ante la descripción de ambos modelos, la dogmática procesal penal contemporánea pretende encontrar el equilibrio entre ambos, buscando efectivizar la reacción punitiva ante el agravio de bienes jurídicamente protegidos, cumpliendo las tareas de defensa social, sin dejar de lado el resguardo de los derechos y garantías del imputado.

En ese contexto, en la tramitación del proceso penal es posible la aplicación de las medidas cautelares, mismas que conforme define el art. 221 del Código de Procedimiento Penal (CPP), tienen por finalidad asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley, estableciendo de esta manera la naturaleza instrumental de las mismas, encontrándose entre estas las medidas cautelares de carácter personal y en su contenido, la detención preventiva.