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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2019-S3

    Fecha: 26-Ago-2019

    2.

    2. Si el contrato a plazo fijo se renovó una sola vez, es decir que existirían dos contrataciones a plazo fijo sucesivas, tampoco corresponde la aplicación de lo dispuesto por la Ley 975 por cuanto no se ha operado la conversión del contrato en uno por tiempo indefinido debiendo actuarse conforme se señaló en el inciso anterior.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • 2.
    • 3.
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • medida adoptada con el fin de garantizar el cumplimiento inmediato de un acto administrativo a través de la jurisdiccional constitucional
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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