SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2019-S3

Fecha: 26-Ago-2019

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución 25/2019 de 29 de marzo, cursante de fs. 572 a 577 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La aseveración de que el Auto Supremo 1016/2018, no se haya pronunciado respecto a que si la apoderada tenía o no facultad para interponer la señalada demanda, resulta carente de fundamento; b) En cuanto a que el recurso de casación sería el medio idóneo para conocer la excepción de impersonería no es evidente, pues no está comprendida dentro de las causales de procedencia, ya que su resolución no reviste carácter definitivo; c) El Auto Supremo cuestionado, no menciona la posibilidad de falsedad del acta acusado como tal. No existe duda alguna de que se cumplió con la igualdad procesal, pues consta una notificación para que ambas partes en resguardo de sus derechos puedan asistir a dicho actuado procesal, cumpliendo así su objetivo, que era poner en conocimiento de los litigantes la celebración del mismo al que la solicitante de tutela no asistió por motivos atribuibles a ella; y, d) La justicia constitucional no fue establecida de manera subsidiaria o supletoria de otras jurisdicciones, menos para analizar actuaciones de otros tribunales como una instancia de revisión. Tampoco cumplió con los presupuestos para que de forma excepcional se pueda realizar la interpretación de la legalidad ordinaria. La accionante indicó los supuestos principios que debieron ser aplicados, más no señaló cuáles fueron esgrimidos incorrectamente, omitiendo establecer de manera precisa el nexo de causalidad entre el derecho reclamado y el acto denunciado como lesivo. En consecuencia no se evidenció agravio alguno.