Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al trabajo; toda vez que, luego de ser despedido por Balerio Calcina Quispe, Presidente del Directorio de la empresa Wila Kara S.R.L., acudió a la Jefatura Regional de Trabajo Uyuni; la cual, luego de realizar audiencia entre las partes, emitió la Resolución Administrativa MTEPS/JRTU/UY/ R-01/2018 de 18 de diciembre, ordenando al demandado que de forma inmediata proceda a su reincorporación al cargo que desempeñaba; no obstante, no se cumplió la misma hasta el momento de presentar la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- 1)
- 2)
- por la inmediatez que merece la tutela que pretende; sólo exige acudir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo.
- Fragmento 13
- III.2.
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento
- Fragmento 16
- III.3.
- Fragmento 18
- Fragmento 19