SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
Fragmento 2
Desde hace seis años sufre persecución de parte de Julia Velásquez Arenas junto a Carlos Roberto Antelo Vilte, Edwin Germán Bass Werner Montesinos -asociados de la inmobiliaria Velázquez-, de la cual ingenuamente compró 1 ha del predio rural “San José”, en la comunidad San Jacinto, siendo expropietaria Emma Camponovo Mogro Vda. de Paz, con el resultado lamentable que ese predio se encontraba con hipoteca, registrada en la oficina de Derecho Reales (DD.RR.), que entraría a ser rematado, y no obstante que la inmobiliaria aludida intentó solucionar el problema durante un año, no le fue posible, llegando a adjudicarse la empresa CONALCI Sociedad Anónima (S.A.); sin embargo, logró obstaculizar la ejecutoria y aprobación judicial del remate cancelando la hipoteca, extinguiendo así dicha acreencia y remate judicial.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La justicia constitucional y su activación cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- es necesario que la parte accionante acredite dicha amenaza o la misma pueda deducirse de las circunstancias del caso concreto
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR