SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Tribunal de apelación incurrió en vulneración al debido proceso en su vertiente de fundamentación al establecer indebidamente la concurrencia de los riesgos procesales de peligro de fuga en observancia de los arts. 234 numerales 1, 2 y 4; y, 235.1 y 2 ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP).
La presunta víctima, en su memorial de apelación identificó solamente dos agravios referidos al domicilio y el lugar de la detención preventiva; sin embargo, en la audiencia de apelación de manera oral y de forma extemporánea denunció también la concurrencia de los riesgos procesales establecidos en la normativa citada precedentemente, los que fueron declarados procedentes, vulnerando el derecho a la defensa por haber sido planteados fuera del plazo legal.
Respecto al elemento trabajo, pese a referir que es ama de casa, los Vocales demandados determinaron que al existir contradicción en los datos de sus tres cédulas de identidad este riesgo procesal se mantiene subsistente, sin considerar que se encuentra con detención domiciliaria hace seis meses atrás a consecuencia de otro proceso que se le investiga.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección especial e interés superior de las niñas, niños y adolescentes
- III.2. Protección post y prenatal de la mujer
- deberá ser objeto de consideración, por una parte, el deber de asegurar la presencia del imputado en el desarrollo del proceso y el cumplimiento de la ley, y por otra, la protección a la madre y del nasciturus o ser gestante, a cuyo efecto, en función de lo previsto por el último párrafo del art. 232 del CPP, deberá tener en cuenta, que antes de imponer la detención preventiva de la gestante o madres durante la lactancia de hijos menores de un año, la autoridad competente tiene el deber de agotar todas las posibilidades de aplicar otras medidas cautelares alternativas o sustitutivas previstas por ley’
- III.3. La fundamentación y motivación de las resoluciones que resuelven medidas cautelares. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR