SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2019-S2

Fecha: 01-Ago-2019

3)

3)  En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral (el resaltado es nuestro).

Al respecto, corresponde complementar que respecto que este Tribunal a través de la SCP 0591/2012 de 20 de julio, declaró inconstitucional la palabra “únicamente” del parágrafo IV del artículo 10 del DS 28699, incorporado por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010; y de la Resolución Ministerial (RM) 868/10 de 26 de octubre de 2010; consecuentemente, a partir aquello, el tanto la parte empleadora como trabajadora pueden acudir a la vía administrativa como a la ordinaria a efectos de impugnar la conminatoria de reincorporación laboral.