SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Sexta de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 03 de 1 de marzo de 2019, cursante de fs. 390 vta. a 394 vta., a través de la cual concedió la tutela, argumentando que, en virtud al “principio del estándar más alto” (sic) y toda vez que los hoy demandados han sido notificados con la Conminatoria de Reincorporación y Estabilidad Laboral JDTS/CONM/102/2018 de 22 de octubre, corresponde conceder la tutela.
Al respecto, la Jueza de garantías, manifestó que se ordena el cumplimiento de la referida Conminatoria en los alances establecidos en esta, que en su parte resolutiva dispone la inmediata reincorporación del trabajador –hoy accionante- a su fuente laboral y el pago de sueldos devengados desde el despido injustificado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- REVOCAR