SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
II
El accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la vida, a la alimentación, a la salud, a la seguridad social y “su reconocimiento a la personalidad, capacidad y dignidad” (sic), aduciendo que, mediante CITE: SC-RH-N-122-2018 de 17 de septiembre, fue desvinculado de manera arbitraria de su fuente laboral, motivo por el que acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz y obtuvo la Conminatoria de Reincorporación y Estabilidad Laboral JDTSC/CONM/ 102/2018 de 22 de octubre, misma que pese a haber sido puesta en conocimiento del referido ente de salud, fue incumplida, así se tiene por el Informe JDTSC/I/VER.REINC./LAB 069/2018, evacuado por el Inspector del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- REVOCAR