SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
II.5.
II.5. Por Resolución 152/2018 de 21 de agosto, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, declaró improbado el recurso de apelación y confirmaron la Resolución Administrativa 62/2017, con los siguientes fundamentos: i) Que la Fiscalía Policial demostró su acusación, produciendo los elementos probatorios de cargo y acreditando la existencia de los elementos constitutivos de la falta atribuida y la autoría; ii) El Tribunal a quo valoró correctamente las pruebas de cargo y descargo ofrecidas a la luz de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando los razonamientos en que fundó esa valoración; y, iii) Con relación a que la sanción se basó en una fotocopia simple; que el autor de compartir el folleto se presentó en forma escrita y personalmente aceptando tal calidad; y, sobre la firma por otra persona de quien está citada en el encabezamiento de la Resolución, los demandados señalaron que el Tribunal a quo realizó una valoración integral de los elementos probatorios de cargo y descargo, que generó convicción sobre la conducta del accionante respecto a la falta procesada (fs. 502 a 508).
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2.
- 2
- III.3.
- i)
- III.4.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)