SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2019-S2
Fecha: 01-Ago-2019
III.
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y valoración razonable de prueba; toda vez que, las autoridades demandadas emitieron la Resolución 152/2018, mediante la cual declararon improbado el recurso de apelación y confirmaron la RA 62/2017 pronunciada por el Tribunal Disciplinario Departamental de Oruro, sin fundamentar, motivar ni valorar la prueba de cargo y descargo, tampoco corrigió los errores en los que incurrió del Tribunal a quo; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada y se disponga la nulidad de la Resolución 152/2018 y se dicte nueva resolución; como medidas cautelares, se deje sin efecto el Memorándum 18/3497, y que el Comando General de la Policía Boliviana efectivice sus aportes a las entidades aseguradoras y de salud.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2.
- 2
- III.3.
- i)
- III.4.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)