Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular contra Tito Mujica Aguilar –hoy accionante–, el Tribunal de Sentencia Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, por Auto Interlocutorio C-345/2018 de 18 de mayo, declaró la improcedencia de la solicitud de cesación a la detención preventiva formulada por éste, manteniendo su detención preventiva, coligiendo que el riesgo de fuga contemplado en el art. 234.8 del CPP, no fue desvirtuado (fs. 8 a 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- dichas lesiones deben trasuntarse en actos u omisiones manifiestas, que permitan al juzgador llegar a la convicción que los mismos existen y que por su inminencia pueden poner en peligro los derechos objeto de su protección, caso en el cual la acción de libertad procede para evitar su consumación.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR