SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la lesión de su derecho al debido proceso y la seguridad jurídica, en razón a que los Vocales demandados resolvieron la apelación incidental al Auto Interlocutorio que declaró la improcedencia de su solicitud de cesación a su detención preventiva mediante Resolución 64/2019, manteniendo subsistentes riesgos procesales que ya fueron desvirtuados, y sin pronunciarse sobre los agravios expresados en la apelación realizada de forma oral, la prueba ofrecida ni los derechos alegados como vulnerados, alegando que no podían pronunciarse sobre aspectos no consignados en la Resolución apelada, pese a que de qué forma temeraria no se transcribieron correctamente tanto el acta de consideración de solicitud de cesación a la detención preventiva y la corresponidente Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- dichas lesiones deben trasuntarse en actos u omisiones manifiestas, que permitan al juzgador llegar a la convicción que los mismos existen y que por su inminencia pueden poner en peligro los derechos objeto de su protección, caso en el cual la acción de libertad procede para evitar su consumación.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR