Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
2° DENEGAR
2° DENEGAR la tutela impetrada con relación a Tadea Amanda Alba Barrientos y Ana María Paz Irusta, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Noveno del departamento de Santa Cruz, por cuanto, dichas autoridades no era responsables de la emisión del decreto de remisión de apelación al Tribunal de alzada, así como tampoco del envío de la acusación fiscal al Tribunal de turno, ya que ellas son parte del Tribunal de Sentencia que conoció el caso en dicha etapa procesal.
- acción de libertad
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la acción de libertad innovativa
- …el Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- veinticuatro horas
- la falta de provisión de los recaudos de ley, no constituye en razón suficiente para posponer o dilatar la remisión de obrados ante el superior en grado
- REVOCAR en parte
- 2° DENEGAR