SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración al debido proceso en su vertiente de motivación, fundamentación y congruencia, a la legalidad, a la jerarquía constitucional, a la petición, al acceso a la justicia, a la imparcialidad, a la seguridad jurídica, a la armonía social, a la cultura de paz y a la verdad material; pues considera, que los argumentos utilizados por las autoridades ahora demandadas a momento de emitir el Auto Interlocutorio S2a 68/2018, fueron incongruentes e incoherentes, ya que no existían motivos valederos para rechazar la recusación que planteó contra el Juez Agroambiental del departamento de Tarija, más si era evidente la animadversión de esta autoridad contra su persona y la parcialidad con la que trabaja.
En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del solicitante de tutela, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- 4. Relación de los hechos.
- cómo los actos u omisiones en que hubiere incurrido el servidor público o persona particular lesionaron los derechos cuya tutela constitucional se invoca
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR