SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S4

Fecha: 28-Ago-2019

concedió en parte

La Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz, por Resolución 05/2019 de 18 de marzo, cursante de fs. 123 a 124 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que la empresa KETAL S.A., en el día, cumpla con la Conminatoria de reincorporación, y se realice el pago de sueldos devengados y la restitución de los demás derechos sociales que le corresponden en los términos precisados por la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz; con los siguientes fundamentos: a) La Ley General del Trabajo es clara al conceder al empleador formas legales que son reguladas por los arts. 16 y 19 de dicha Ley, y su Decreto Reglamentario; bajo ese marco legal, la Sala Constitucional toma en cuenta con la sustantividad que merece las órdenes de reincorporación como mandamientos; por lo que en el presente caso, se quebró el orden reglamentario; b) La posibilidad de generar reglamentos para sancionar a los funcionarios por parte de la empresa hoy demandada, significa que existe una carga de carácter patronal respecto a esta reglamentación, motivo por el cual, esta debe cumplirla con la sujeción a un debido proceso. Permitir al que se lo va a destituir, un sumario administrativo, garantizando la exposición de sus argumentos sobre el derecho que sea pertinente y no sancionar directamente, siendo la potestad del patrono, desvincular a alguien que ha cometido un hecho ilícito; empero, a consecuencia de una imputación o resolución administrativa, acto procesal que permite materialización de una de las etapas del proceso; c) En el presente caso, no se pudo advertir la existencia de una actividad sancionatoria o proceso penal; consta denuncia sin ser activadas las facultades del Ministerio Público o las entidades que correspondan; d) Respecto a la actividad que realizó la mencionada Jefatura Departamental de Trabajo, se observa el cumplimiento de la ley o cuando menos el ordenamiento normativo; y, e) El párrafo quinto del DS 28699, modificado por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010, concede al trabajador la posibilidad de acudir a la vía constitucional ante el incumplimiento de las disposiciones que emergen de la actividad sancionatoria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Habiendo requerido la parte accionante complementación y enmienda, respecto a los sueldos y salarios devengados, señalando que la SCP 0680/2016-S2 de 8 de agosto, estableció que ante la advertencia del incumplimiento de la conminatoria de reincorporación, deberá concederse la tutela disponiendo el cumplimiento de dicha resolución administrativa en su totalidad y no así solo en parte; al respecto, la precitada Sala Constitucional, declaró no ha lugar a la solicitud de complementación y enmienda, considerando que la Resolución fue lo suficientemente clara, toda vez que no desconoció criterio alguno de la jurisprudencia citada.