SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

Fragmento 18

La jurisdicción constitucional al respecto de la actuación de los jueces de Instrucción penal frente a la solicitud de cesación de la detención preventiva cuando existe pliego acusatorio, realizó un razonamiento lógico, considerando la importancia del derecho a la libertad física no solo primario sino fundamental, donde indica que si es permisible que un juez esté a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, siempre que no hubiera radicado la causa en un determinado tribunal, esto de ninguna manera se puede tomar o interpretar que lo peticionado sea de manera favorable, sino que únicamente, asumiendo una decisión basada en el debate y las pruebas que se generen en aquella audiencia.