SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2019-S2
Fecha: 28-Ago-2019
Fragmento 18
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia del tercero interesado contra el accionante, por la supuesta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, el impetrante de tutela planteó las excepciones de litispendencia, prejudicialidad e incidente de actividad procesal defectuosa ante el Juzgado de Instrucción Penal Décimo de la Capital del Departamento de Santa Cruz; el cual fue rechazado por Auto Interlocutorio 392/018. Habiendo sido apelado dicho Auto Interlocutorio, el mismo fue confirmado mediante Auto de Vista 15, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, que declaró admisible e improcedente el recurso de apelación interpuesto por el peticionante de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones: Distinción en la construcción de la premisa normativa y premisa fáctica; y, su exigencia para justificar toda decisión
- no sólo visibiliza un uso diferenciado de términos, sino una distinción conceptual que incide en la exigencia de justificación de toda decisión
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)