Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 049/2019 de 16 de abril, cursante de fs. 22 a 23 vta, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz; y, en consecuencia:
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en aquellos casos en los cuales -se reitera- el procesamiento indebido constituye la causa directa que originó la restricción o supresión del derecho a la libertad y además hubiese existido absoluto estado de indefensión
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otra consideración
- CONFIRMAR