SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

III.3. Otra consideración

Revisado como se encuentra el caso planteado, es pertinente señalar que el 16 de abril de 2019, fue emitida la Resolución que resolvió esta acción de libertad, por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en ese entendido, su remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional recién se concretó el 23 del mismo mes y año conforme al cargo de recepción cursante a fs. 27 vta., esto en forma posterior al plazo establecido en el art. 126.IV de la CPE que dispone: “El fallo judicial será ejecutado inmediatamente. Sin perjuicio de ello, la decisión se elevará en revisión, de oficio, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a su emisión”, previsión constitucional que también se encuentra prevista en el art. 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo); por consiguiente, al advertirse inobservancia a la norma constitucional y procedimental, corresponde llamar severamente la atención al Tribunal de garantías para que en futuras acciones tutelares que sean de su conocimiento, observe los plazos que rigen a este mecanismo de defensa.