voto disidente DE LA SCP 0704/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

voto disidente DE LA SCP 0704/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

MAGISTRADA

[2]Desde una perspectiva de género, la trata de personas constituye una de las formas más extremas de violencia contra las mujeres y motivo de privación de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, principalmente los derechos a la vida; a la salud; a la dignidad humana; a la integridad física, psicológica y sexual; a la libertad; a la seguridad personal; y, a la igualdad, entre otros.

[10]Artículo 1 (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto combatir la Trata y Tráfico de Personas, y delitos conexos, garantizar los derechos fundamentales de las víctimas a través de la consolidación de medidas y mecanismos de prevención, protección, atención, persecución y sanción penal de estos delitos.