Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2019-CA
Fecha: 12-Sep-2019
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución 001/2019 de 19 de agosto, cursante de fs. 20 a 26 vta., pronunciada por la Jueza de Instrucción Penal Séptima del departamento de Oruro; y, en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Edgar Rafael Bazán Ortega, ex Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro.
- Jueza de Instrucción Penal Séptima del departamento de Oruro
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- el o la accionante a momento de formular la acción de inconstitucionalidad concreta deberá demostrar, a través de la exposición de sus fundamentos, la relevancia constitucional de su pretensión; explicando con propiedad las razones fácticas y jurídicas que permitan a este Tribunal adquirir el pleno convencimiento sobre la necesidad de emitir un
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- RATIFICAR