Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2019-RCA
Fecha: 12-Sep-2019
por no presentada
La nombrada Jueza de garantías, mediante Resolución de 16 de agosto de 2019, cursante a fs. 409, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, fundamentando que: 1) La parte accionante no cumplió en su totalidad con lo observado en el decreto de 9 del citado mes y año; y, 2) Sin entrar a mayores consideraciones, es de aplicación el art. 30.“1” última parte del CPCo, al no haberse subsanado las observaciones realizadas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la exposición de los hechos, la identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y el petitorio que se solicita; no alude al nexo de causalidad que deba existir entre los mismos,
- la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR