SENTENA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 74/2019 de 5 de junio, cursante de fs. 103 a 107 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo se instruya de manera inmediata la notificación al ahora impetrante de tutela con la Resolución de medidas cautelares de 31 de mayo de 2019; bajo los siguientes fundamentos: 1) El Auto que dispuso la aplicación de medidas cautelares al ahora accionante, se arrimó al expediente el 5 de junio de ese año, de acuerdo al Libro de Tomas de Razón, fecha en la que se viene celebrando la presente acción de libertad, vale decir tres días después de celebrada la audiencia cautelar; 2) Se objetó inicialmente la ausencia del acta, así como el citado Auto y en audiencia el mandamiento de detención preventiva del ahora accionante, así mismo la falta de fundamentación en dichos actuados; 3) Por su parte la autoridad demandada señaló que el imputado fue notificado en audiencia de manera oral; y, 4) De la revisión del cuaderno de control jurisdiccional, no se advierte la notificación personal con los actuados extrañados por el impetrante de tutela, no obstante la Jueza señala que éste habría sido notificado en audiencia; sin embargo, la notificación tiene que ser de carácter personal, entregándole una copia de los actuados que se forjaron en dicha audiencia de acuerdo a lo estipulado en el art. 163 del CPP, advirtiendo que se generó una lesión al derecho a la defensa, al no haber notificado al imputado –ahora solicitante de tutela– con los actuados mencionados.