SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2019-S3

Fecha: 04-Sep-2019

denegó

La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Resolución de 25 de mayo de 2019, cursante de fs. 47 a 49 vta., denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: i) La codemandada Eliana Mamani Gutiérrez, concurrió a diferentes lugares donde se encontraba la accionante, con el propósito de cumplir sus obligaciones de notificar la resolución emitida por el Juzgado Disciplinario Segundo de Cobija de la Oficina Departamental de Pando del Consejo de la Magistratura en el que desempeña funciones; ii) El objeto de la notificación es poner en conocimiento de la denunciada los hechos que se le atribuyen en el proceso disciplinario para que pueda asumir su defensa; iii) Se entiende persecución indebida, cuando no existe razón ni justificación para el seguimiento de una persona; empero, en el caso analizado, la supuesta persecución tiene que ver con la notificación del proceso disciplinario iniciado contra la impetrante de tutela; y, iv) La comunicación pretendida, no siempre debe realizarse en el domicilio real de la prenombrada, sino más bien, donde pueda ser habida, siendo este el motivo de la búsqueda reiterada, no por motivos por el cual puede ser entendido como persecución indebida.