SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
III.3. Sobre la reserva de las actuaciones en etapa preparatoria del proceso penal
Con relación a la declaratoria de reserva de las actuaciones en la etapa preparatoria del proceso penal la SC 1339/2002-R de 1 de noviembre, expresó: “… con relación al cuaderno de investigación si bien no existe ninguna disposición que indique el manejo del mismo, el art. 9 LOMP, nos refleja la única prohibición para la negativa de exhibición de un documento relativo a la investigación o información acerca de ella, en los demás casos, deberá entenderse que bajo el principio general del derecho de publicidad, todo actuado que corresponda a la investigación como a los actuados en el juicio oral, deberán estar a la vista tanto del imputado, así como de la víctima, pues de no ser así se estaría lesionando no sólo el citado principio de rango fundamental, sino también el derecho al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa.
… en esa misma perspectiva, la Constitución, el Pacto de San José de Costa Rica, el Código de Procedimiento Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público, reconocen y garantizan los derechos tanto de la víctima como del imputado; la primera para que tenga acceso a todo cuanto se desarrolle en la investigación y en el juicio, y al imputado a fin de que pueda asumir su plena y efectiva defensa, aportando sus pruebas de descargo como desvirtuando las de cargo, a cuyo efecto necesariamente debe contar con lo recabado en el cuaderno de investigación
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de libertad. Modulación de la Sentencia 0160/2005-R de 23 de febrero
- I.
- II.
- o indebidamente procesada
- III.3. Sobre la reserva de las actuaciones en etapa preparatoria del proceso penal
- …en ese entendido, negar u ocultar información acerca de la investigación en la etapa preparatoria como durante el juicio oral, implica una evidente vulneración a los derechos fundamentales que le asisten a todo imputado o a la víctima como también a cualesquier otra persona que con interés legítimo tenga el derecho de acceder al cuaderno
- negar toda esa información, equivaldría a practicar en los hechos el sistema inquisitivo, donde el imputado no podía enterarse de la acusación en su contra, de las pruebas que supuestamente acreditaban su culpabilidad en el ilícito penal, sin que él pudiera desvirtuarlas o rechazarlas
- Consiguientemente, al impedir el acceso al mismo, el recurrido, no sólo ha vulnerado el derecho a la defensa y el principio de celeridad, sino también ha incurrido en las faltas graves previstas en los puntos 4 y 8 del art. 108 LOMP”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR