SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2019-S3

Fecha: 11-Sep-2019

a)

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de la acción de amparo constitucional, y ampliándolo, señaló que: a) Con el incidente de nulidad de obrados no cuestionó la validez de la Sentencia 120/2011 dictada en el proceso ordinario sino la existencia de un vicio procesal, porque la demanda de nulidad de venta de bien ganancial solo fue entablada contra su madre y no en su contra en su condición de heredero al fallecimiento de su padre, vulnerando su derecho a la defensa y al debido proceso; sin embargo, el Juez demandado, en lugar de tramitar el incidente conforme a ley, abriendo un término de prueba y resolviendo la problemática planteada; lo rechazó en dos oportunidades, sin ingresar al fondo del asunto; aspecto que conlleva a la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva porque no existió un pronunciamiento judicial sobre el fondo de la pretensión; y, b) Los argumentos desarrollados en el Auto de Vista SC1º AV-057/2018, debieron ser empleados por el Juez de primera instancia para que pueda activar los medios de impugnación previstos en la ley.