Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 17 de enero de 2017, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Yacuiba del departamento de Tarija, por Sentencia 4/2017, lo declaró autor del delito de contrabando, imponiéndole una pena de reclusión de cinco años y el decomiso de mercadería; decisión contra la que planteó recurso de apelación restringida, radicado en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, que emitió el Auto de Vista 34/2017 de 15 de agosto, declarando no ha lugar su impugnación; en consecuencia, confirmó la señalada Sentencia de primera instancia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- 3)
- ii)
- iii)
- iv)
- REVOCAR