Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2019-S4
Fecha: 10-Sep-2019
II.3.
II.3. Cursa Acta de representación del mandamiento de apremio de 16 de abril de 2019, a través de la cual se puso a conocimiento de la autoridad demandada la imposibilidad en el cumplimiento del mismo, debido a que en Camargo del departamento de Chuquisaca, no cuenta con carceleta para mujeres (fs. 35 vta.); emitiéndose en consecuencia la providencia de 7 de mayo de igual año, que ordenó se libre nuevo mandamiento de apremio, con traslado al Centro Penitenciario San Roque de Sucre del mismo departamento (fs. 36 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. De la emisión de mandamiento de apremio en procesos laborales
- ante el incumplimiento de una sentencia ejecutoriada que imponga el pago de beneficios sociales, corresponde a la autoridad jurisdiccional emitir el correspondiente mandamiento de apremio, siendo necesario precisar que librada dicha medida restrictiva de libertad, a objeto que se cumpla el deber impuesto, no puede suspenderse por ningún motivo
- quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- deben ser demandados ante la Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Caranavi que está a cargo de la investigación,
- CONFIRMAR