SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
1)
La parte accionante ratificó in extenso la acción tutelar planteada; y la amplió señalando: 1) En la gestión 2004, se promulgó el Decreto Supremo (DS) 27328 que hoy se conoce como DS 10181 de las Normas Básicas de Contratación de Bienes y Servicios, que habla de los miembros de la comisión de calificación y de recepción, que son diferentes ahora bien su persona era miembro de la comisión de calificación, que era responsable de la apertura de las propuestas, del análisis y evaluación de los documentos legales y administrativos, de la evaluación y calificación de las propuestas técnicas, económicas y cuando corresponda financieras y de la elaboración del informe recomendación de adjudicaciones y la comisión de recepción es designada por la máxima autoridad ejecutiva y está conformada por personal de línea de la entidad y tiene la responsabilidad de efectuar la recepción del bien, obra o servicio y dar su conformidad verificando el cumplimiento de sus deberes y condiciones del contrato; sin embargo, se le imputa el delito de incumplimiento de deberes, habiendo presentado una certificación que no tiene relación con el proyecto del puente distribuidor, puesto que su participación solo era de analizar, revisar y sugerir qué empresa se podía adjudicar; y contrariamente, en las impugnaciones al sobreseimiento y en la Resolución Jerárquica impugnada, se le atribuye ser miembro de la comisión de recepción y por eso se revocó la Resolución de los Fiscales Anticorrupción; y, 2) La Resolución Jerárquica cuestionada, carece de motivación y es incongruente, no tiene relación fáctica de lo establecido en los hechos, no determina la valoración de los elementos de prueba, tan solo efectúa la transcripción íntegra de las resoluciones de impugnación tanto de la Gobernación como del Concejo Municipal; reiterando por lo expuesto, se conceda la tutela solicitada, y se deje sin efecto la Resolución 45/2018 y se dicte una nueva debidamente fundamentada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos de la garantía del debido proceso
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.3. Análisis del caso concreto
- El Viceministerio de Transparencia
- Calificación
- 2°