Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela considera lesionados sus derechos a la libertad y el debido proceso, en razón a que, pese a ser el denunciante en el proceso penal por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves seguido contra Reynaldo Negretty Villca, el Fiscal de Materia -hoy demandado- emitió una orden de citación para que preste su declaración informativa en calidad de investigado, sin ser notificada con la misma, para luego ser aprehendido y procesado ilegal e indebidamente como represalia a un reclamo efectuado por su persona, observando la emisión de un criterio anticipado de dicha autoridad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Juez de Instrucción en lo Penal dentro de la etapa investigativa, es la autoridad encargada del control jurisdiccional de la investigación, así como de los actos del Ministerio Público y los funcionarios policiales, determinando que toda persona que considere la existencia de una acción u omisión que lesione su derecho a la libertad dentro de dicha etapa, debe inexcusablemente con carácter previo a acudir a este medio de defensa efectuar sus reclamos ante el Juez cautelar para que dentro de un plazo razonable éste se pronuncie sobre la legalidad o ilegalidad de su arresto o aprehensión, ordenando lo que en derecho corresponda, y en caso de persistir la supuesta lesión, recién activar la presente acción de libertad como medio de
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR